LP LoanPilot

Las reglas laborales
que no están resueltas.

Algunas cifras de este sitio salen de una lectura que no es la única posible; otras, de un dato que ningún documento fija. Están todas aquí, separadas por lo que les pasa, con lo que aplica LoanPilot, por qué, y el documento donde puede comprobarse.

Normativa de El Salvador · Fuentes verificadas el 16 de agosto de 2026
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Una calculadora que no puede estar en desacuerdo consigo misma

POR QUÉ EXISTE ESTA PÁGINA

La ley salvadoreña no siempre dice una sola cosa. A veces el texto y la práctica del ministerio no coinciden; a veces ningún artículo fija el dato que el cálculo necesita. Ocultarlo produce una cifra que parece más firme de lo que es, y esa falsa firmeza es lo que le cuesta dinero a alguien en una mesa de negociación.

Cómo leer cada ficha

EN DISPUTAHay dos lecturas defendibles: un texto y una práctica oficial que no dicen lo mismo, o dos artículos que se leen distinto. Se aplica una.
SIN FUENTENingún documento fija el valor. No hay dos lecturas que contraponer: hay un silencio y una cifra que este proyecto eligió.
LA QUE SE APLICADe las dos lecturas, la que produce la cifra en pantalla. Marcada como aplicada, nunca como correcta.
LAS DOS MARCASUna ficha puede llevar EN DISPUTA y SIN FUENTE a la vez, como la de la Quincena 25: una parte de la regla se lee de dos formas y otra parte no la fija ningún texto. Aparece entre las reglas en disputa, porque el desacuerdo es lo que hay que decidir primero.

Cada ficha se genera desde el registro de reglas del repositorio, y la sección en que aparece sale de la marca que lleva la regla: no hay una lista aparte que alguien pueda olvidar, ni una ficha que pueda quedar en la sección equivocada.

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Reglas en disputa

DOS LECTURAS, UNA APLICADA

Aquí hay algo con qué discutir: un texto que dice una cosa y una práctica oficial que hace otra, o dos artículos que no se leen igual. Las dos lecturas aparecen con la misma voz, y la que se aplica está marcada como aplicada, no como correcta.

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EN DISPUTA

¿Le toca la vacación proporcional a quien renuncia?

Código de Trabajo art. 187

Qué está en juego

Los días corridos desde el último aniversario, pagados con el 30% de recargo. En una renuncia de dos meses pasado el aniversario son 2.5 días de vacación: unos $45 sobre el salario mínimo de comercio ($403 al mes), unos $110 sobre un salario de $1,000.

Las dos lecturas

La que no se aplicaLo dice un texto

El texto del artículo 187

El artículo concede la parte proporcional «cuando se declare terminado un contrato de trabajo con responsabilidad para el patrono, o cuando el trabajador fuere despedido de hecho sin causa legal», y en la frase siguiente nombra lo que conserva quien termina sin responsabilidad patronal: la vacación del año continuo ya cumplido. La fracción del año en curso no está en esa segunda frase. Leído así, quien renuncia no la lleva.

La que aplica LoanPilotLo hace la institución

Lo que hace el servicio del MTPS

La constancia oficial contra la que se reconcilia este cálculo es una renuncia voluntaria —su base diaria de $26.88 son dos salarios mínimos diarios, el tope del artículo 8 de la ley de renuncia, y la prestación corre a 15 días por año— y aun así imprime $90.16 de vacación proporcional por los 54 días posteriores al último aniversario. El ministerio paga la fracción en la renuncia.

Por qué

Aquí hay evidencia que seguir, y se sigue. La constancia del MTPS es un documento con cifras, y este cálculo la reproduce al centavo: aplicar el texto literal borraría esa línea de $90.16 y el sitio dejaría de coincidir con el servicio oficial en toda renuncia. Cuando el texto y la práctica del ministerio no dicen lo mismo, esta calculadora aplica la práctica y nombra el texto.

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EN DISPUTA

¿Qué escalón del artículo 198 le toca a quien sale antes del 20 de octubre?

Código de Trabajo arts. 197, 198 y 202

Qué está en juego

La escala salta de 15 a 19 días a los tres años, y de 19 a 21 a los diez. Pero el salto nunca vale entero, porque corre solo sobre la fracción del ciclo ya trabajada: en una salida el 5 de octubre con el tercer aniversario diez días después son 3.3 días, o unos $109 sobre un salario de $1,000. Solo cambia algo para quien termina el contrato en el tramo del año en que cumpliría uno de esos aniversarios.

Las dos lecturas

La que aplica LoanPilotLo hace la institución

La antigüedad del último día trabajado

El escalón que la persona había cumplido de verdad al terminar el contrato. Es lo que hace el servicio de cálculo del MTPS: para una salida el 5 de octubre de 2026 con ingreso el 15 de octubre de 2023 —dos años cumplidos ese día, tres si hubiera llegado al corte— el ministerio imprime $367.40, que son 15 días de escala y no 19. Es además la lectura que nunca paga un escalón que nadie alcanzó.

La que no se aplicaNo lo respalda nada

La antigüedad al 20 de octubre

El escalón que la persona habría tenido en la fecha en que el artículo 197 mide la antigüedad. Como el corte siempre es posterior a la salida en estos casos, esta lectura nunca da menos: es siempre la cifra mayor de las dos.

Por qué

Ningún artículo del capítulo VII dice a qué día se lee la escala para un contrato que terminó antes del corte: el 197 mide la antigüedad en la fecha del corte y el 202 concede al que sale la parte «proporcional al tiempo trabajado» sin decir de qué escala es proporción. Lo que sí hay es lo que hace el ministerio, y se comprobó en su calculadora en agosto de 2026: lee la escala en el último día trabajado. Coincide con la lectura que este sitio ya aplicaba, y ahora la sostiene algo más que la prudencia. La regla sigue publicada aquí porque la práctica no es un texto y el texto sigue sin decirlo; cuando las dos fechas caen en escalones distintos la calculadora muestra las dos cifras, sin afirmar cuál rige. El mismo ministerio lee la escala del ciclo cerrado en el día en que ese ciclo cerró, que es la misma regla dicha de otra forma: se lee el último día del período que se paga.

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EN DISPUTASIN FUENTE

¿A quién le toca la Quincena 25 al terminar el contrato?

Ley Especial Quincena Veinticinco (D.L. 499 del 14 de enero de 2026) arts. 1 y 3

Qué está en juego

Hasta medio salario mensual. Para quien gana el tope de $1,500, la diferencia entre las dos lecturas llega a $750 en una cifra que la gente lleva a una negociación.

Las dos lecturas

La que aplica LoanPilotLo dice un texto

Restrictiva: la ventana de enero

El artículo 3 concede el beneficio a quien termina su contrato «antes del veinticinco de enero o en esa misma fecha», que es el día en que el artículo 1 hace exigible el pago. Es una protección contra el despido de vísperas: fuera de esa ventana no se debe nada. Tiene la misma forma que el artículo 202, que ancla el aguinaldo a su propia fecha de corte en vez de concederlo todo el año.

La que no se aplicaLo dice un texto

Amplia: la remisión al aguinaldo

La frase que sigue remite a «las disposiciones establecidas para el goce de la prima anual en concepto de aguinaldo […] o la parte proporcional, según corresponda», y eso se lee como el artículo 202: una parte proporcional en cualquier despido del ciclo, no solo en los de enero.

Por qué

Aquí no hay práctica que seguir: la ley es de enero de 2026 y su primer ciclo fue voluntario para el patrono privado, así que nadie ha formado criterio todavía. Lo que inclina la decisión es que pagar una proporción fuera de la ventana exige un período de devengo y el decreto no fija ninguno —el artículo 2 ata el monto al salario «al momento en que la prestación se materialice», no a un período—, y que el error corre en una sola dirección: sobrestimar esta línea son cientos de dólares en una cifra que alguien lleva a negociar. Es la decisión contraria a la del artículo 187, y la diferencia es que allá hay una constancia oficial y aquí no hay nada. Aparte de eso, el DÍA EN QUE ABRE LA VENTANA no está en ningún texto: aquí se acota al 1 de enero del mismo mes, y cualquier otro límite inferior sería igual de inventado. Del artículo 3 solo viene el 25.

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Supuestos sin fuente

LA LEY CALLA

Aquí no hay dos lecturas que contraponer. Ningún texto fija el dato, el cálculo lo necesita igual, y este proyecto lo eligió. Cada ficha dice hasta dónde llega esa elección, porque eso es lo que decide cuánto importa.

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SIN FUENTE

¿Entre cuántos días se divide el salario mensual para obtener el diario?

Código de Trabajo arts. 142 y 183 (ninguno fija el divisor)

Hasta dónde llega

Es el supuesto de mayor alcance del sitio. Toda cifra diaria pasa por él: la indemnización, la prestación por renuncia, la vacación, el aguinaldo y cada hora extra, porque la hora sale del día. Cambiarlo a los 365/12 que usa el decreto de salarios mínimos baja un 1.4% cada una de esas líneas —sobre un salario de $1,000, el día pasa de $33.33 a $32.88— y ese 1.4% corre por todas a la vez, no por una.

Lo que dicen los textos, y dónde se detienenSin documento que lo fije

El artículo 183 fija la base —«el salario básico que devengue», para el salario estipulado por unidad de tiempo— y no nombra divisor. El artículo 142 define el salario diario en la dirección contraria: la hora pactada por las horas de la jornada ordinaria. Ninguno de los dos dice entre cuánto se divide un salario mensual, y el decreto de salarios mínimos usa 30.42 para su propio equivalente mensual sin ordenar que ese número se use aquí.

Lo que aplica LoanPilotLo hace la institución

Treinta. No sale de un texto: sale de la constancia del MTPS que este proyecto reproduce al centavo. Con 937.54/30, la vacación proporcional de 54 días da los $90.16 que imprime el documento oficial; con 30.42 daría $88.92 y el sitio dejaría de coincidir con el ministerio.

Por qué

Porque hay una cifra oficial contra la cual anclarlo, y anclarla a algo comprobable es mejor que elegir el número que parece más razonable. La decisión es la misma del artículo 187: donde el texto calla y el ministerio actúa, se sigue al ministerio y se dice que es lo que se está haciendo. La diferencia es que allá hay dos lecturas y aquí no hay ninguna: nadie sostiene que la ley diga 30, y este proyecto tampoco. Si un decreto o un criterio publicado fijara el divisor, mandaría el documento y esta ficha desaparecería.

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SIN FUENTE

¿Sobre qué período se cuenta la parte proporcional del aguinaldo?

Sin norma que lo fije: arts. 196-202 no definen el período de devengo; el ciclo lo declara el servicio de cálculo del MTPS

Hasta dónde llega

Toda parte proporcional de aguinaldo del sitio, y la forma misma de la respuesta. Un finiquito puede deber dos cosas a la vez —el aguinaldo entero del ciclo que cerró el 11 de diciembre y no se cobró, más la fracción del que abrió al día siguiente— y por eso la calculadora muestra dos renglones donde antes mostraba uno: en una salida el 30 de junio de 2026, con once años de servicio y un salario de $1,000, son unos $700 del ciclo cerrado y unos $385 del que corre. Mover la fecha de apertura mueve el segundo renglón entero, y con él todo aguinaldo proporcional que este sitio calcula.

Lo que dicen los textos, y dónde se detienenSin documento que lo fije

Los artículos 196 a 202 fijan la fecha de corte y la ventana de pago, y mandan pagar «la parte proporcional al tiempo trabajado». Ninguno dice sobre qué período corre esa proporción. El capítulo entero se puede leer sin encontrar la fecha en que empieza a devengarse el aguinaldo.

Lo que aplica LoanPilotLo hace la institución

Del 12 de diciembre al 11 de diciembre, porque es lo que declara el servicio de cálculo del MTPS: cada renglón que devuelve trae impreso el período que cubre, y dice «12/12/2024 - 11/12/2025» para el ciclo cerrado y «12/12/2025 - 30/06/2026» para el que corre. No es una lectura de este proyecto: es la fecha que el ministerio imprime en el documento.

Por qué

Porque hay un documento oficial que lo fija y es mejor seguirlo que elegir la fecha que parezca más razonable. Es la misma decisión del artículo 187 y la del divisor: donde el texto calla y el ministerio actúa, se sigue al ministerio y se dice que es lo que se está haciendo. Hasta agosto de 2026 este sitio aplicaba el año calendario y decía que lo respaldaba el MTPS; eso era una inferencia sobre una publicación que habla del monto del pago anticipado, no de su período, y el respaldo estaba sobrestimado. Se corrigió al correr cinco casos en la calculadora del ministerio y ver el ciclo impreso. Si un decreto o un criterio publicado fijara el período, mandaría el documento y esta ficha desaparecería.

Qué cambiaría esto

Un decreto, una reforma o un criterio publicado por el ministerio que administra la regla. Nada más: ni una nota de prensa, ni una opinión, ni la costumbre de una planilla. Si tenés a mano un documento oficial que resuelva alguna de estas, el proyecto es abierto y se puede reportar.