LP LoanPilot

Calculadora de renta anual
Contra lo que ya te retuvieron.

El impuesto que te corresponde por el ejercicio, comparado con lo que la planilla te descontó mes a mes. El saldo puede salir a tu favor o en contra: las dos cosas son normales.

Normativa de El Salvador · Fuentes verificadas el 14 de agosto de 2026
!

Esto es una estimación educativa. No sustituye tu declaración oficial ante la DGII ni la revisión de un contador. Trabaja con las cifras que escribís y con la tabla del artículo 37; tu declaración real puede diferir por ingresos que esta página no modela, por retenciones definitivas o por deducciones que sí podés comprobar y aquí no aparecen. No tomes decisiones de pago sin contrastarla.

Llevate la estimación
01

Tu año

Asalariado con rentas solo de salarios

De dónde salen las cifras
Estimado del salario$12,000.00 · Renta retenida en el año: $725.40Meses iguales entre sí, sin bonos ni cambios de salario, y sin el recálculo de junio y diciembre —que puede mover unos centavos—. Si tu año no fue plano, tomá las cifras de tus boletas y cambiá a «Las tengo».
02

Comprobantes del artículo 33

Solo para quien pasa de $9,100 de renta obtenida

?

El artículo 32 no está acá. El numeral 7 del artículo 29 manda a quien pasa de $9,100 a los artículos 32 y 33, y esta página solo modela el 33. Si hiciste donaciones deducibles, el saldo que ves es mayor que el que vas a declarar. No ponemos el tope del artículo 32 porque nadie lo ha leído contra el texto vigente para este proyecto, y una cifra de memoria es justo lo que este sitio no hace.

Estimación del saldo
Saldo estimado en contra$320.03Es una estimación del saldo, no una liquidación. Contrastala antes de pagar.
Lo que cerraría este saldo$1,600.00

Los $1,600 completos de comprobantes bajan el saldo hasta $0.03. El resto no se cierra por esta vía.

Ingresos gravados$12,000.00
AFP−$870.00cotización obligatoria: renta no gravable
Renta obtenida$11,130.00sobre esto se miden $9,100 y $60,000
ISSS−$360.00deducción
Deducciones aplicadas−$0.00Comprobantes del art. 33
Renta imponible$10,770.00Tramo 3
Impuesto del año$1,045.43
Ya retenido$725.40
§

El umbral se mide sobre la renta obtenida (ingresos gravados menos la cotización obligatoria de AFP), no sobre el salario bruto. El ISSS no se excluye en este punto: reduce la renta imponible, pero no la renta obtenida.

03

¿Tenés que declarar?

Artículo 38 de la Ley de Impuesto sobre la Renta

¿Tenés que declarar?Sí, según el artículo 38
Fecha límite para declarar30 de abril de 2026Cuatro meses después del cierre del ejercicio (arts. 13 y 48)
  • Lo retenido no coincide con el impuesto de la tabla del artículo 37.
§

El artículo 38 no fija un monto mínimo de diferencia: cualquier diferencia es falta de correspondencia. Por eso esta página muestra el saldo aunque sea de centavos, en vez de aplicar un umbral propio.

+

Quien pasa de $9,100 y no goza de la deducción fija puede declarar para efecto de devolución, aunque no esté obligado.

El derecho a solicitar la devolución existe. El plazo y la forma del trámite los fija el Código Tributario, que esta página no cita todavía, así que no los afirmamos acá.

04

Por qué a mucha gente le toca devolución sin haber hecho nada mal

La retención mensual es una estimación hecha con la información de un mes. La declaración es la cuenta del año completo, y hay razones estructurales para que no coincidan.

Trabajaste parte del año

Cinco meses de salario pueden quedar bajo el tramo exento del año, aunque cada uno de esos meses haya retenido como si fueras a trabajar los doce.

El excedente de diciembre no se devuelve por planilla

Cuando el recálculo de diciembre da negativo, el literal i) no lo devuelve: te manda a la declaración anual. Ese dinero solo se recupera acá.

Tuviste más de un patrono

Cada uno retuvo como si su salario fuera el único. Sumados, los tramos progresivos dan otro número.

Un mes atípico

Un bono o unas horas extras empujan la retención de ese mes a un tramo que el año completo no sostiene.

!

Y por qué a otros les sale en contra. Las tablas de retención de los tramos III y IV ya traen incorporados $1,600 de deducciones. El artículo 37 no los regala: se los da a quien gana hasta $9,100 —como deducción fija— o a quien pasa de ahí y tiene comprobantes de médico o colegiatura. Quien pasa de $9,100 y no gastó en eso fue retenido de menos todo el año, y la diferencia aparece en abril. No es un error de nadie: es cómo están construidas las tablas.